PENSIÓN DIFERENCIADA: “EL QUE MENOS TIENE MENOS PAGA"


A partir de la promulgación de la última Constitución en 2008 aprobada en Montecristi, empieza una reestructuración de los sistemas político- jurídico que rigen la vida institucional de nuestro país. Dentro de estos cambios, el sistema de educación superior a nivel nacional, no es la excepción tanto en universidades estatales como en privadas.

En cumplimiento con las disposiciones transitorias finales de la constitución, se fija un plazo de 365 días para la reforma de todas las leyes orgánicas que hasta ese momento se encontraban en vigencia; pero es después de varios debates en la Asamblea Nacional que finalmente, el martes 12 de octubre de 2010, se publica en el Registro Oficial N° 298, la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES).

Entre los aspectos nuevos que se incluyen en esta ley, encontramos la categorización de aranceles o pensión diferenciada en cumplimiento al artículo 90 de la LOES, que dice: “…Para el cobro a los y las estudiantes de los aranceles por costos de carrera, las instituciones de educación superior particulares tratarán de establecer un sistema diferenciado de aranceles, que observará de manera principal, la realidad socioeconómica de cada estudiante”.

En el Ecuador existen 72 universidades y escuelas politécnicas; 35 son privadas, 9 privadas cofinanciadas y 28 son públicas; es decir, más del 50% de instituciones educativas superiores en el Ecuador deben aplicar este nuevo sistema de pensión diferenciada.

Este método no es nuevo para el Sistema Nacional de Universidades Católicas del Ecuador (SINAPUCE) debido a que su sede matriz en Quito ya lo ejecuta hace 30 años y su sede en Ibarra (PUCE-SI) se convierte en la segunda institución dentro del SINAPUCE que implementa este sistema. Las sedes de Esmeraldas y Santo Domingo piden ahora asesoramiento a la PUCE-SI, debido a la similitud de realidades.
María José Rubio, prorrectora de la PUCE-SI manifiesta: “La universidad está cumpliendo con lo dispuesto en la LOES, que expresa la implementación del sistema de pensión diferenciada, en el sentido de que: el que menos tiene menos paga.”

El pago de matrículas según categorías inició en la PUCE- SI, a partir del ciclo académico septiembre 2011- enero 2012. Se ubicaron a los estudiantes bajo 5 categorías que fijan el porcentaje de descuento económico del total de la matrícula.

Elaborado por:
Belén Ávalos
José Luis Caiza

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